Con el fin de estas figuras, algunas entidades han pedido a personas incapacitadas acudir al juzgado. Hay un periodo transitorio de tres años y son los juzgados los que actuarán de oficio.
Representantes de la Fiscalía especializada en Personas con Discapacidad y Mayores se han puesto en contacto con aquellos bancos que han bloqueado o han comunicado su intención de bloquear las cuentas de personas incapacitadas que recuperaron su capacidad jurídica tras la reforma de la legislación civil en esta materia, para explicar que estas cuentas deben seguir activas.
La razón es que la nueva legislación prev «a perodo Transitionorio de tres aos en que los tutores podrán seguir ejerciendo sus mismas funciones», aunque se les aplicará «la regulación del curador representativo», según se explican las fuentes de esta sección de la Fiscalía General del Estado.
Dado que la reforma de la legislación civil y procesal en lo referencia a la capacidad jurídica acaba con las antiguas figuras de la tutela, la patria potestad prorrogada o la prodigalidad, algunos bancos han pedido a personas incapacitadas que acudiesen al juzgado para que su situación fuera revisado con el argumento de que «de lo contrario, se verán obligados a bloquearles las cuentas».
Varias familias como lo han denunciado, y otras muchas explicaciones que el ingreso de los servicios de dependencia ha sido bloqueado por el mismo motivo. Por ello, la Fiscala ha puesto en contacto con estas entidades. Explica eso son los juzgados los que deben actuar de oficio para revisar tal situación y que, según la reforma, dispongan de tres años para ello.
«La norma tiene una disposición transitoria que determina que todas estas medidas seguirán en vigor pero adaptadas en su desarrollo al contenido de las nuevas instituciones», han indicado. es decir, «el tutor sigue con plenas funcionespero le ser de aplicacin la regulacin del curador representativo» que s aparece en el nuevo texto legal, han aclarado.
Por otro lado, las mismas fuentes han apuntado que «se están dando casos de personas con discapacidad menores de edad que tenan cuenta conjunta con sus padres y que, al cumplir los 18 aus, vie bloqueo el pago de sus servicios por parte de las administraciones autonmicas mientras no dispongan de una cuenta individual.
En opinión de la fiscala, «estas distintas situaciones se deben al desconocimiento de la ley», cuyo espíritu va a la línea para reconocer la capacidad jurídica de todas las personas, tal como establece la convención de Naciones Unidas sobre los derechos de este colectivo.
Para ello pone fin a la incapacitación jurídica ya instituciones tales como la tutela, y en su lugar propone la adopción de «apoyos individualizados» en función de las características individuales de cada personapara que sean estas cansado que tomen sus propias decisionessiempre con los apoyos y recursos que precisan.
apoyos individualizados
Él Confederación Plena incluida Españaque la agrupa tiene 950 organizaciones de personas con discapacidad intelectual y sus familias, coincidente con la fiscala en que «el desconocimiento de la ley por parte de los servicios jurdicos de algunas instituciones bancarias» est detrs de «estas malas interpretaciones».
Como explicó la coordinadora del área jurídica de la confederación, Ins de Araoz, que resalta que «los juzgados tienen tres años para revisar de oficio las incapacitaciones y las medidas adoptadas» y que, durante este plazo, los tutores podrán ejercer sus mismas funciones , solo que estarán sujetos a la regulación que la reforma establezca para el curador representativo».
Las personas con discapacidad incapacitadas y sus familias también pueden exigir esta revisión, en cuyo caso, el juzgado dispone de un año para dictar los nuevos apoyos. Todo ello queda «bien regulado» en sentas disposiciones transitorias, recalca Araoz.
En mi opinión, «el peligro de que los bancos empujen a todas estas personas a pedir la revisión de sus tutelas es que se derrumbe el sistema»cuando «no hay motivo legal para ello».
Araoz ha indicado que algunos bancos han escuchado a la Fiscala, pero otros no, y ha destacado el problema que para muchas familias supone el bloque de estas cuentas. «Las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo y sus familias suelen tener que hacer frente a muchos costes extra», apunta, y «para muchas de ellas adelantar tanto dinero hasta que les débloqueen la cuenta y puedan ingresarles la prestación resulta inasumible».
Por otro lado, desde la Fiscala especializada en Personas con Discapacidad y Mayores indicaron que los nuevos apoyos «no tienen por qu’establecerse siempre en sede legal», pues «si la persona est correctamente atendida en su medio social y familiar, no necesita ir al juzgado para constituir ningn apoyo al establecimiento judicial».
«Los nuevos principios de la ley nos exigen cambios a todos», destaca. «A la propia persona con discapacidad en primer lugar», pero también a todos aquellos que «les prestan los apoyos: sus padres, curadores, guardadores….».
«En último término, estos cambios ataen a toda la sociedad, tanto a los operadores públicos (administraciones) como a los privados (la banca, los comercios, los servicios de ocio…).»Todos debemos realizar ese cambio de mirada y colaborar en el desarrollo de la mayor autonomía de la persona con discapacidad”, concluyó.
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