Descarta aplicar la medida cautelar reclamada por Repsol contra la ley que pretende recaudar 6.500 millones
La Audiencia Nacional ha rechazado suspender cautelarmente la recomendación del impuestozo a bancos y eléctricas aprobado el pasado noviembre con el que el Gobierno pretende recibir 6.500 millones.
Allá Sala de lo Contencioso-Administratif ha rechazado la petición de Repsol from dejar en el aire el cobro mientras resuelve su recurso contra la orden de Hacienda qu’approbaba los modelos de recaudacin. Pesado que la petrolera solo reclamaba la suspensin en lo que a ella afectaba, el criterio del tribunal supone que no aceptar otras peticiones de suspensin que le lleguen. Las patronales de la banca y de las eléctricas ya han presentado o anunciado sus recursos contra el impuesto temporal.
Los magistrados considerando que rechazando la suspensión no suponga un perjuicio irreparablePuesto que en caso de estimarse finalmente el recurso se tratará de una situación perfectamente reversible mediante la devolución de lo pagado, con el abono de los interesados preceptivos.
Aaden que, por el contrario, la suspensin de la orden de Hacienda y con ella la de la ley que aprob el impuesto causará un grave perjuicio al inters general «al hacerse imposible la recaudacin del gravamen dejando sin cumplir una de las exigencias de la Ley que en su Exposicin de Motivos habla de que tiene una primera finalidad ‘recaudatoria, a fin de exigir, en estos tiempos de crisis energetica y de inflacin, un mayor esfuerzo a quienes disponen de una mayor capacidad económica, es decir, una muestra de solidaridad de las grandes fortunas».
Déficit público
El tribunal se alinea as con los argumentos del Gobierno, que a travs de la Abogacá del Estado Resalta que el ingreso ya estaba previsto en los presupuestos. «En el presente ejercicio la previsión de déficit público es del 3,3% por lo que la merma de ingresos obligará a comentar las necesidades de financiación del Reino de España y, por tanto, sus costes financieros», afirmó en su escrito de oposición a la solicitud de Repsol.
El tribunal consideró que la medida cautelar asumirá «la petrificación del ordenamiento jurídico», puesto que a base de peticiones de suspensiones medida cautelar «se estará paralizando la aplicación de una Ley que tiene una justificación detallada en su exposición de motivos y respecto de la que esta Sala no tiene nada que decir por carecer totalmente de jurisdicción para normas anulares con rango de ley».
Formalmente el recurso no pide suspender la ley, sino los procedimientos de Hacienda para ejecutarla, pero el tribunal considera que en la práctica supondra paralizar la norma, algo que le est vedado. «La razón de la implantación del gravamen que la parte recurrente quiere, de facto, paralizar hace referencia al aumento de la inflación, la influencia de la Guerra de Ucrania, los problemas de suministros derivados de la pandemia, al incremento insuficiente de los salarios y otras razones que constan detalladas en la exposición de motivos de la Ley ya las que esta Sala no debe dar respuesta», dice el tribunal presidido por el magistrado José Guerrero Zaplana.
La decisión llega das después de que el mismo tribunal denegara la suspensión por la va cautelosa, es decir, de forma inmediata y sin reclamar la opinión de las partes, en este caso el Gobierno. Tras pedir la opinión de la Abogaca del Estado, los magistrados ratifican su negativa, lo que supone que el impuesto se cobrará mientras se estudia el recurso.
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