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El Supremo allana el terreno para que las futuras indemnizaciones ‘a la carte’ sean superiores para los mayores

Actualizado

Aclara que no es discriminatorio pactar mejoras a la indemnización por despido distinto en función de la edad

Yolanda Díaz, Vicepresidenta Secundaria y Ministra de TrabajoZipiEFE
  • El fin de los 33 das por ao trabajado: Espaa se enfrenta a indemnizaciones por despido a la carta

El Corte Suprema ha avalado esta semana la indemnización por despido pactada en una empresa con la representación legal de los trabajadores en el caso de un despido colectivo, por la cual todos los trabajadores cobraron 20 das por ao trabaj ms una cuanta adicional que variaba en función de la edad, de forma que los mayores de 60 años perciban una cantidad menor al encontrarme más cerca de la jubilación.

Este Tribunal, en contra de lo que reclamaban los afectados, no vio discriminacion en esa diferencia, qué considerar razonable y proporcionada. Si bien es cierto es que esta distinción ha quedado justificada en el seno de despidos colectivos pactados con los sindicatos y no en despidos individuales, y que se acepta siempre que garantiza la indemnización mínima legal a todos los empleados, el Tribunal abre la puerta a que esta diferencia entre lo que perciben los trabajadores jvenes y los de ms edad persiste si cambia la regulación de las indemnizaciones por despido tasadas y son sustituidas por otras ‘a la carte’, en línea con lo que persiguen los sindicatos.

UGE presente ante el Comité Europeo de Asuntos Sociales una reclamación en la que alegaban que la regulación del despido en España no era justa y que deba ser sustituida por una suerte de sistema a medida para cada empleado, en función de sus propias condiciones. Si el Comit dicta resolucin favorable -algo que parece probable, dado que ya lo he hecho en Francia e Italia-, el Gobierno estará dispuesto a modificar la legislacióncomo ya ha avanzado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Daz.

Abogados laboralistas ya haban anunciado de que un sistema a medida «no podra ser mejorada para todos los trabajadores«. Primero, porque tendran que probar los daos sufridos y, segundo, porque en el caso de los de ms edad -que a priori deberan ser los mejores resarcidos por tener muchas ms dificultades para encontrar un nuevo puesto de trabajo- podran verse perjudicados en compare with los ms jvenes, ya que «el dao que se genera por un despido sera lower al de otros trabajadores ms jvenes» por estar ms cerca de la jubilacin. Esta advertencia se refuerza ahora que el Supremo considera razonable que la cercana a la jubilacin d lugar a una indemnizacin ms baja.

«En concreto, se admitió que la indemnización pueda ser menor (pero siempre por encima de la legalmente establecida) para los trabajadores que tengan una edad más cercana a la jubilación. Se valida esta posibilidad cercana porque se trata de un colectivo a la jubilacin que recibirá la pensión correspondiente. Además, se trata de un colectivo que, si viera extinguido su contrato de trabajo al alcanzar la jubilación, no tendra derecho a indemnización alguna», apunta a EL MUNDO Eloy Castaersocio departamental Laboral de matorral.

Precisely lo que buscan los sindicatos es fijar una indemnización tasada en función de los das trabajados pero que sea superior (quieren recuperar los 45 días por año trabajado para los despidos improcedentes), à la que habra que sumar un plus en función de las condiciones de la persona despedida, situación similar a la de que hace referencia a la sentencia. La empresa exigió pacto que todos los trabajadores cobraran 20 das por ao trabajado y aadieron plus para los menores de 60 años de 14.500 euros para los empleados que cobraran menos de 50.000 euros brutos anuales; de 10.500 euros si el salario está comprendido entre esa cantidad y 100.000 euros, y de 6.500 euros si no superaba los 150.000 euros. Los trabajadores de ms de 60 recibieron cantidades inferiores.

Aclarar el criterio

señora todo del anterior que pueda sentarse de cara a la futura regulación, la sentencia del Supremo es hasta en cuanto que aclarar que las indemnizaciones a medida pactadas en los procesos de reestructuración colectiva no se consideran discriminatorias si son distintas en función de la edad. «La sentencia tiene relevancia porque abordó un tema que siempre tiene el foco en las negociaciones de procesos de reestructuración y que da lugar a discusión y negociación. Zanja el debate al estipulado que no es discriminatorio que las empresas pueden establecer trajes a medida para los distintos miembros de su plantilla en función de la edad», explica a este medio José Prieto, Socio Laboral de Panadero McKenzie.

«El debate abierto sobre la evolución hacia un despido ‘a la carta’ dice que hay que tener en cuenta requisitos de personas. Esto es un ejemplo de cmo se puede de tener en cuenta, porque se establece un mecanismo especfico de resarcimiento en funcin de las caractersticas de las personas por el costo que tiene eliminar les del mercado de trabajo y que tener que volver repentinamente a buscar un empleo «, apunta.

Alfredo Aspra, sociales de Asuntos Laborales Abogadosadvertir, no obstante, de que «la edad slo puede fundar un tratamiento diferenciado cuando se cumplan los requisitos de justificación y proporcionalidad«y que, con la legislación vigente, sólo cuando estemos ante «acuerdos adoptados en despidos colectivos y validados por representantes de los trabajadores, sujetos legitimados legalmente para ello y siempre que la indemnización mínima legal fijada para esos casos, existe la posibilidad de obtener indemnizaciones superiores para los empleados de mayor edad (generalmente por encima de los 60 aos) por cuanto, con ello, estaran logrando que otros colectivos de edades menores pero tambin de difcil recolocacin perciban muchas mejoradas respecto a las legalmente previstas».

«No se trata de un trato desfavorable por razón de edadque sera el sustrato fctico de la discriminacin rechazable, sino de un abanico de soluciones indemnizatorias que contemplan y abordaran distintas situaciones», agrega. , «el factor discriminatorio podra entrar en juego y los despidos podran ser declarados nulos a menos que se acredite una justificacin objetiva y razonable».

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